REVOCACIÓN DE LAS VOCES DE MANDO.
-Se dice “Otra voz” en los casos siguientes:
(1) Cuando se requiere anular una voz de mando impartida, que aún no haya sido ejecutadas.
(2) Cuando es necesario anular una voz de mando impartida en forma incorrecta o equivocada.
(3) Si se requiere volver a la posición inicial, desde un movimiento impropio o erróneamente comenzado.
(4) Cuando ejecutándose un movimiento por tiempos, se desee volver al tiempo anterior, para hacer alguna corrección.
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ResponderEliminarMuy buena esta imformación
ResponderEliminarla verdad esto no dice nada que mal blog y eso que es una de las poocas veses que usos blogs
ResponderEliminargracias
ResponderEliminarGracias,muy buen blog estuvo muy informativo!
ResponderEliminarmuchas gracias
ResponderEliminarrevocacion de las boces de mando
ResponderEliminarEsta es una información que parece precaria pero en realidad va directo al grano es lo que se necesita para cualquier actividad o duda.
ResponderEliminarMuy buena informacion
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ResponderEliminarSolo quiero ser el comentario más actualizado en mucho tiempo así que , !Hola!, ¿Cómo estás?, te ves increíble, estás super cañon
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